Kit Digital: Qué es y cómo solicitarlo

Antonio GarciaCifo
6 abril, 2023

 

¿Qué es el Kit Digital?

El Kit Digital es un programa de ayudas económicas impulsado por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación digital. La finalidad de este programa es que tanto pymes, como autónomos y microempresas puedan hacer uso de estas ayudas económicas para la compra e implantación de soluciones y servicios digitales disponibles en el mercado de forma subvencionada. Fomentando así el avance en la digitalización de este tipo de empresas y mejorando su competitividad.

Ayudas del Programa Kit Digital

Financiado por los “Fondos Next Generation EU” dentro del Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia de España con el objetivo de hacer crecer a pequeñas empresas, microempresas y autónomos.

 

¿Cuál es el importe de las ayudas Kit Digital y cómo se cobran?

A través del Programa Kit Digital se pueden obtener ayudas de hasta 12.000€ dependiendo del número de empleados del que disponga tu empresa. Para el segmento I (entre 10 y 49 empleados) el importe que se recibe es el máximo (12.000€); para el segmento II (entre 3 y 9 empleados) el importe es de 6.000€ y para el segmento III (entre 1 y 2 empleados) el importe es de 2.000€.

¡OJO! El importe de las ayudas no se entrega directamente al beneficiario. Se concede a través de un “bono digital” con el cual se pueden contratar bienes y servicios digitales a proveedores oficiales del programa, los llamados Agentes Digitalizadores (GESBYTE es uno de ellos). A la hora de contratar lo servicios se cede al Agente Digitalizador el derecho a cobrar la parte correspondiente de este bono y es red.es quien se encarga de realizar el pago por ti.

¿Qué necesitas para solicitar el Kit Digital?

Para que tu empresa pueda ser beneficiaria de las ayudas del Kit Digital debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo dada de alta en España con una antigüedad mínima de 6 meses.
  • Estar al corriente de pago con las obligaciones tributarias y de la seguridad social.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea.
  • No ser considerada como unaempresa en crisis
  • No haber superado el límite de 200.000€ en ayudas minimis recibidas hasta el momento
  • No incurrir en ninguna prohibición prevista en la Ley General de Subvenciones
  • Estar inscrito en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

 

 

¿Qué servicios puedes contratar con el Kit Digital?

Los tipos de servicios/soluciones que pueden contratar las empresas beneficiarias de las ayudas se engloban en 12 categorías, pudiendo contratar todas las soluciones necesarias hasta agotar el importe total del bono.

CATEGORÍAS KIT DIGITAL

I. Sitio web y presencia en Internet. Diseño de páginas web y páginas de aterrizaje incluyendo posicionamiento básico.

II. Comercio electrónico. Diseño de tiendas online para la compra/venta de productos y servicios

III. Gestión de redes sociales. Promoción de la empresa en redes sociales. Incluyendo definición e implantación de una estrategia y monitorización de resultados

IV. Gestión de clientes y /o proveedores. Digitalización y automatización de la gestión de relaciones con los clientes, como puede ser a través de un CRM

V. Business Intelligence y Analítica. Servicios para la explotación de datos de la empresa mejorando así la toma de decisiones

VI. Servicios y herramientas de oficina virtual. Implantación de soluciones interactivas y funcionales para mejorar la eficiencia de colaboración entre empleados

VII. Gestión de procesos. Digitalización y automatización de los procesos operativos y productivos de un negocio, como puede ser a través de un ERP

VIII. Factura electrónica.  Softwares de facturación para digitalizar el flujo de emisión de facturas entre una empresa y sus clientes

IX. Comunicaciones seguras.  Se proporciona a las empresas seguridad en las conexiones entre los dispositivos de sus empleados y la empresa

X. Ciberseguridad.  Se proporciona seguridad básica y avanzada para los dispositivos de los empleados de las empresas

XI. Presencia avanzada en Internet.  Implementación de técnicas SEO para mejorar el posicionamiento de una web en la página de resultados de Google y otros buscadores (No disponible para el segmento I)

XII. Marketplace. Implementación y gestión de los productos de una empresa en plataformas de Marketplace (No disponible para el segmento I)

XVII. Puesto de trabajo seguro. Favorece la automatización de tareas, gestión eficiente de los datos y la comunicación fluida. mejorando así la productividad y la competitividad de las pymes, en un entorno de seguridad.

 

Por otro lado, para cada una de estas categorías mencionadas se ha destinado un importe máximo subvencionable en función del segmento al que pertenezca tu empresa:

servicios Kit Digital

Ya disponible la ampliación del segmento III: Puesto de trabajo seguro. Más información

 

¿Cómo solicitar las ayudas Kit Digital?

Para poder realizar la solicitud de las ayudas se debe de haber realizado en primer lugar el test autodiagnóstico de madurez digital en la plataforma acelerapyme.es. Una vez hecho el test simplemente se debe acceder al trámite correspondiente a tu segmento a través del apartado “convocatorias y ayudas” de la sede electrónica de red.es (sede.gob.red.es). Para poder acceder a la solicitud del trámite es necesario disponer de un certificado/dni electrónico o bien debes tener la aplicación Clave instalada en el móvil.

Una vez dentro del trámite se debe rellenar todo el formulario otorgando a red.es el derecho a realizar consulta de oficio para no tener que presentar ningún tipo de documentación por cuenta propia.

En GESBYTE estamos autorizados como Agentes Digitalizadores y queremos ayudarte a impulsar la digitalización de tu negocio. Nos encargamos de realizar todo el trámite de solicitud de la ayuda en representación de tu empresaDe forma gratuita y sin compromiso.

 

¿Cuándo se puede solicitar el Kit Digital?

Actualmente ya se pueden solicitar las ayudas para todos los segmentos de beneficiarios. El plazo para cada convocatoria se mantendrá abierto durante un año. Sin embargo, las ayudas se conceden por orden de solicitud así que…  no esperes más y ¡Aprovecha esta oportunidad!

  • Plazo de solicitudes Segmento I: 15/03/2022 – 31/12/2024
  • Plazo de solicitudes Segmento II: 02/09/2022 – 31/12/2024
  • Plazo de solicitudes Segmento III: 20/10/2022 – 31/12/2024

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